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Norma de Argentina

LEYES Y/O DECRETOS

Ley No. 27557/2020
(B.Oficial: 25-8-2020)

Espacios marítimos. Ley N° 23.968. Modificación.   Descargue el PDF

ESPACIOS MARÍTIMOS

Ley 27557

Ley N° 23.968. Modificación.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

Artículo 1°- Incorpórase como segundo párrafo del artículo 6° de la ley 23.968 sobre Espacios Marítimos, el siguiente:

Demárcase el límite exterior de la Plataforma Continental Argentina continental e insular, de acuerdo con los puntos de coordenadas geográficas consignados en el ANEXO III de la presente.

Artículo 2°- Los puntos RA-01 a RA-481 y RA-3458 a RA-3840 del ANEXO III referido en el artículo 1°, y que se acompaña a la presente, son demarcados tomando como base las Recomendaciones de la Comisión de Límites de la Plataforma Continental (CLPC), en los términos del artículo 76 inciso 8) de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar del 10 de diciembre de 1982.

Los puntos RA-482 a RA-3457 del ANEXO III referido en el artículo 1°, y que se acompaña a la presente, son demarcados tomando como base la presentación argentina ante la Comisión de Límites de la Plataforma Continental (CLPC), encontrándose pendientes de Recomendaciones en los términos del punto 5.a del Anexo I del Reglamento de la Comisión.

Los puntos RA-3841 a RA-6336 de la plataforma continental correspondientes al Sector Antártico Argentino, referidos en la Presentación Argentina ante la Comisión de Límites de la Plataforma Continental (CLPC), se encuentran en la situación prevista en el artículo 1°, párrafo tercero de la ley 23.968 sobre Espacios Marítimos.

Artículo 3°- La presente medida entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

Artículo 4°- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL DÍA CUATRO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.

REGISTRADO BAJO EL N° 27557 CRISTINA FERNÁNDEZ DE KIRCHNER - SERGIO MASSA - Marcelo Jorge Fuentes - Eduardo Cergnul

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar

Decreto 693/2020

DCTO-2020-693-APN-PTE

Promúlgase la Ley N° 27.557.

Ciudad de Buenos Aires, 24/08/2020

En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, promúlgase la Ley Nº 27.557 (IF-2020-51932234-APN-DSGA#SLYT), con Anexo (IF-2020-51932412-APN-DSGA#SLYT) sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN en su sesión del día 4 de agosto de 2020.

Dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y comuníquese al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO. Cumplido, archívese. FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero - Felipe Carlos Solá