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Norma del MERCOSUR

Grupo Mercado Común

Resolución No. 00045/2022
(Fecha: 3-12-2022)

PRESUPUESTO DE LA SECRETARÍA DEL TRIBUNAL PERMANENTE DE REVISIÓN PARA EL EJERCICIO 2023

MERCOSUR/GMC/RES. N° 45/22

PRESUPUESTO DE LA SECRETARÍA DEL TRIBUNAL PERMANENTE DE REVISIÓN PARA EL EJERCICIO 2023

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión N° 15/15 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones N° 60/18 y 38/21 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución GMC N° 60/18 los órganos MERCOSUR con presupuesto propio deben elevar a consideración del Grupo Mercado Común (GMC) su proyecto de presupuesto para el ejercicio del año siguiente.

Que es conveniente asegurar los recursos para la ejecución presupuestaria de la Secretaría del Tribunal Permanente de Revisión (ST) en el período anterior al pago de las contribuciones de los Estados Partes.

Que es necesaria la aprobación del presupuesto para el ejercicio 2023 que contemple el financiamiento de su estructura y funcionamiento.

EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:

Art. 1 - Aprobar el “Presupuesto de la Secretaría del Tribunal Permanente de Revisión para el ejercicio 2023”, que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.

Art. 2 - La ejecución del presupuesto aprobado se regirá por la Resolución GMC Nº 60/18, sus modificatorias y/o complementarias.

Art. 3 - Autorizar a la Secretaría del Tribunal Permanente de Revisión (ST), en caso de que no disponga de suficientes recursos provenientes de los aportes regulares de los Estados Partes relativos al ejercicio 2023, a utilizar, cuando existan, recursos excedentes hasta un máximo de US$ 126.211 (ciento veintiséis mil doscientos once dólares estadounidenses) del saldo correspondiente a ejercicios anteriores, para el pago de egresos relativos al funcionamiento mínimo del órgano, correspondientes al primer trimestre del presupuesto aprobado para el 2023.

Art. 4 - Los recursos excedentes utilizados conforme a lo establecido en el artículo 3 de la presente Resolución deberán ser restituidos a la cuenta de excedentes a medida que los Estados Partes efectúen sus respectivos aportes, sin que ello comprometa la normal ejecución presupuestaria.

Art. 5 - La ST deberá identificar actividades pasibles de ser ejecutadas mediante el apoyo de la Secretaría del MERCOSUR (SM) en las áreas de promoción, difusión, elaboración de documentos e informes, comunicaciones, uso de recursos informáticos y de internet. Dicho apoyo debe ser solicitado directamente a la SM a través de su Dirección.

Art. 6 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

LIX GMC Ext. - Montevideo, 03/XII/22.

PRESUPUESTO DE LA SECRETARÍA DEL TRIBUNAL PERMANENTE DE REVISIÓN PARA EL EJERCICIO 2023

I N G R E S O SUS$US$
(A) APORTES DE LOS ESTADOS PARTES  468.844
Argentina117.211 
Brasil117.211 
Paraguay117.211 
Uruguay117.211 
   
(B) OTROS INGRESOS 36.000
 Utilización de excedentes de años anteriores 36.000 
   
TOTAL INGRESOS (A) + (B)     504.844
   
E G R E S O S  
I) GASTOS CORRIENTES         500.844500.844 
GASTOS EN PERSONAL  393.994  
Remuneraciones (sueldo base y suplemento variable)  217.320  
Sueldo anual complementario18.110 
Adicional al Grado (Carrera Funcional)32.256 
Aporte Fondo Previsión Social32.960 
Beneficios Sociales93.348 
   
CONTRATOS TEMPORALES10.400  
Auditorías5.000
Contratos temporales de apoyo5.400 
VIAJES EN MISIÓN DE SERVICIO 10.000  
Pasajes6.000 
Viáticos 3.500 
Seguro de Viajes500 
   
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO86.450 
Consumo y servicios relacionados a la Sede22.300 
Otros consumos del local (luz, agua)5.700 
Otros 16.600 
   
Consumos y servicios relacionados al funcionamiento Institucional59.150 
Suministros de oficina6.850
Seguro sobre bienes3.000
Mantenimiento y reparación de equipos3.000
Licencias de software5.000 
Comisiones y gastos bancarios500 
Impresiones2.000 
Capacitación del personal1000 
Otros gastos y servicios relativos al funcionamiento37.800 
   
Consumos y servicios relacionados a las actividades Institucionales5.000 
   
II) GASTOS NO CORRIENTES             4.000 4.000
MÁQUINAS, EQUIPOS DE OFICINA Y SOFTWARE4.000 
   
 TOTAL EGRESOS (I) + (II)  504.844

 

MERCOSUR/GMC/RES. N° 45/22

PRESUPUESTO DE LA SECRETARÍA DEL TRIBUNAL PERMANENTE DE REVISIÓN PARA EL EJERCICIO 2023

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión N° 15/15 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones N° 60/18 y 38/21 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución GMC N° 60/18 los órganos MERCOSUR con presupuesto propio deben elevar a consideración del Grupo Mercado Común (GMC) su proyecto de presupuesto para el ejercicio del año siguiente.

Que es conveniente asegurar los recursos para la ejecución presupuestaria de la Secretaría del Tribunal Permanente de Revisión (ST) en el período anterior al pago de las contribuciones de los Estados Partes.

Que es necesaria la aprobación del presupuesto para el ejercicio 2023 que contemple el financiamiento de su estructura y funcionamiento.

EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:

Art. 1 - Aprobar el “Presupuesto de la Secretaría del Tribunal Permanente de Revisión para el ejercicio 2023”, que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.

Art. 2 - La ejecución del presupuesto aprobado se regirá por la Resolución GMC Nº 60/18, sus modificatorias y/o complementarias.

Art. 3 - Autorizar a la Secretaría del Tribunal Permanente de Revisión (ST), en caso de que no disponga de suficientes recursos provenientes de los aportes regulares de los Estados Partes relativos al ejercicio 2023, a utilizar, cuando existan, recursos excedentes hasta un máximo de US$ 126.211 (ciento veintiséis mil doscientos once dólares estadounidenses) del saldo correspondiente a ejercicios anteriores, para el pago de egresos relativos al funcionamiento mínimo del órgano, correspondientes al primer trimestre del presupuesto aprobado para el 2023.

Art. 4 - Los recursos excedentes utilizados conforme a lo establecido en el artículo 3 de la presente Resolución deberán ser restituidos a la cuenta de excedentes a medida que los Estados Partes efectúen sus respectivos aportes, sin que ello comprometa la normal ejecución presupuestaria.

Art. 5 - La ST deberá identificar actividades pasibles de ser ejecutadas mediante el apoyo de la Secretaría del MERCOSUR (SM) en las áreas de promoción, difusión, elaboración de documentos e informes, comunicaciones, uso de recursos informáticos y de internet. Dicho apoyo debe ser solicitado directamente a la SM a través de su Dirección.

Art. 6 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

LIX GMC Ext. - Montevideo, 03/XII/22.

PRESUPUESTO DE LA SECRETARÍA DEL TRIBUNAL PERMANENTE DE REVISIÓN PARA EL EJERCICIO 2023

I N G R E S O SUS$US$
(A) APORTES DE LOS ESTADOS PARTES  468.844
Argentina117.211 
Brasil117.211 
Paraguay117.211 
Uruguay117.211 
   
(B) OTROS INGRESOS 36.000
 Utilización de excedentes de años anteriores 36.000 
   
TOTAL INGRESOS (A) + (B)     504.844
   
E G R E S O S  
I) GASTOS CORRIENTES         500.844500.844 
GASTOS EN PERSONAL  393.994  
Remuneraciones (sueldo base y suplemento variable)  217.320  
Sueldo anual complementario18.110 
Adicional al Grado (Carrera Funcional)32.256 
Aporte Fondo Previsión Social32.960 
Beneficios Sociales93.348 
   
CONTRATOS TEMPORALES10.400  
Auditorías5.000
Contratos temporales de apoyo5.400 
VIAJES EN MISIÓN DE SERVICIO 10.000  
Pasajes6.000 
Viáticos 3.500 
Seguro de Viajes500 
   
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO86.450 
Consumo y servicios relacionados a la Sede22.300 
Otros consumos del local (luz, agua)5.700 
Otros 16.600 
   
Consumos y servicios relacionados al funcionamiento Institucional59.150 
Suministros de oficina6.850
Seguro sobre bienes3.000
Mantenimiento y reparación de equipos3.000
Licencias de software5.000 
Comisiones y gastos bancarios500 
Impresiones2.000 
Capacitación del personal1000 
Otros gastos y servicios relativos al funcionamiento37.800 
   
Consumos y servicios relacionados a las actividades Institucionales5.000 
   
II) GASTOS NO CORRIENTES             4.000 4.000
MÁQUINAS, EQUIPOS DE OFICINA Y SOFTWARE4.000 
   
 TOTAL EGRESOS (I) + (II)  504.844