Grupo Mercado Común
SUB-ESTÁNDAR 3. 7. 29 REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA ZEA MAYS (MAÍZ) SEGÚN PAÍS DE DESTINO Y ORIGEN PARA LOS ESTADOS PARTES (DEROGACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC Nº 54/06)
MERCOSUR/GMC/RES. N° 08/20
SUB-ESTÁNDAR 3. 7. 29 REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA ZEA MAYS (MAÍZ) SEGÚN PAÍS DE DESTINO Y ORIGEN PARA LOS ESTADOS PARTES (DEROGACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC Nº 54/06)
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 06/96 del Consejo del Mercado Común y la Resolución Nº 54/06 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que por Resolución GMC Nº 54/06, se aprobaron los requisitos fitosanitarios para Zea mays (Maíz), a ser aplicados en el intercambio comercial entre los Estados Partes.
Que es necesario actualizar dichos requisitos fitosanitarios, teniendo en cuenta la actual situación fitosanitaria de los Estados Partes.
EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar el “Sub-Estándar 3.7.29 Requisitos Fitosanitarios para Zea mays (Maíz) según país de destino y origen para los Estados Partes”, que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 - Los Estados Partes indicarán, en el ámbito del Subgrupo de Trabajo N° 8 “Agricultura” (SGT N° 8), los organismos nacionales competentes para la implementación de la presente Resolución.
Art. 3 - Derogar la Resolución GMC Nº 54/06.
Art. 4 - Esta Resolución deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes antes del 01/I/2021.
GMC (Dec. CMC N° 20/02, Art. 6) - Montevideo, 11/VIII/20.
ANEXO
SUB-ESTANDAR FITOSANITARIO MERCOSUR
SECCIÓN III - MEDIDAS FITOSANITARIAS
3.7.29 Requisitos Fitosanitarios para Zea mays (maíz) según país de destino y origen para los Estados Partes
I- INTRODUCCIÓN
1 - ÁMBITO
El presente Sub-estándar establece los requisitos fitosanitarios armonizados a ser aplicados por las Organizaciones Nacionales de Protección Fitosanitaria (ONPFs) de los Estados Partes en el intercambio regional, para Zea mays (maíz).
2 - REFERENCIAS
- Estándar 3.7 Requisitos Fitosanitarios Armonizados por Categoría de Riesgo para el Ingreso de Productos Vegetales, 2ª Revisión, aprobado por Resolución GMC Nº 52/02.
- Lista de las Principales Plagas Cuarentenarias para la Región del COSAVE, 2018.
- Listados Nacionales de Plagas Cuarentenarias de los Estados Partes 2018.
- Evaluación de Riesgo de las Plagas: Amaranthus palmeri, Aphelenchoides besseyi, Clavibacter michiganensis subsp. nebraskensis, Eragrostis plana, Latheticus oryzae, Pantoea ananatis, Pantoea sterwartii, Sitophilus granarius, Thlaspi arvense.
3 - DESCRIPCIÓN
El presente Sub-estándar establece los requisitos fitosanitarios armonizados a ser utilizados por las ONPFs de los Estados Partes en el intercambio regional para Zea mays (maiz), en sus diferentes presentaciones y organizados por país de destino y origen.
II. 29. A. PAÍS DE DESTINO: ARGENTINA
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Zea mays
CATEGORÍA 4 |
CLASE 3: Semillas |
Código: ZEAMX 2 13 01 03 4 |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CFR si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. |
Declaraciones Adicionales: |
Brasil:
DA5 - El semillero fue sometido a inspección oficial antes de la cosecha y no se ha detectado Eragrostis plana Uruguay: DA5 - El semillero fue sometido a inspección oficial antes de la cosecha y no se han detectado Eragrostis plana y Clavibacter michiganensis subsp. nebraskensis. No hay Declaraciones Adicionales para Paraguay. |
CATEGORÍA 3 |
CLASE 9: Granos |
Código: ZEAMX 1 13 01 09 3 (Grano consumo) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CFR si corresponde). R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. |
Declaraciones Adicionales: |
No hay Declaraciones Adicionales para Brasil, Paraguay y Uruguay. |
CATEGORÍA 3 |
CLASE 4: Frutas y hortalizas |
Código: ZEAMX 1 24 01 04 3 |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CFR si corresponde). R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. |
Declaraciones Adicionales: |
No hay Declaraciones Adicionales para Brasil, Paraguay y Uruguay. |
II. 29. B. PAÍS DE DESTINO: BRASIL
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Zea mays
CATEGORÍA 4 |
CLASE 3: Semillas |
Código: ZEAMX 2 13 01 03 4 |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CFR si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. |
Declaraciones Adicionales: |
Argentina:
DA5 - El semillero fue sometido a inspección oficial antes de la cosecha y no se han detectado, Amaranthus palmeri, Pantoea stewartii y Thlaspi arvense. Uruguay: DA5 - El semillero fue sometido a inspección oficial antes de la cosecha y no se han detectado Amaranthus palmeri y Clavibacter michiganensis subsp. nebraskensis. No hay Declaraciones Adicionales para Paraguay. |
CATEGORÍA 3 |
CLASE 9: Granos |
Código: ZEAMX 1 13 01 09 3 (Grano consumo) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CFR si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere Inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. |
Declaraciones Adicionales: |
Argentina:
DA2 - El envío ha sido tratado con 2 g/m3 de fosfina, durante 72 h a temperatura mayor de 20 ºC o 96 h a 15 - 20 ºC, o 120 h a 10 - 15 ºC para el control de Latheticus oryzae y Sitophilus granarius, bajo supervisión oficial. Uruguay: DA2 - El envío ha sido tratado con 1 a 3 g/m3 de fosfina, durante 72 h a temperatura mayor de 20 ºC o 96 h a 16 - 20 ºC, o 120 h a 12 - 15 ºC o 192 h a 5 a 12 ºC para el control de Latheticus oryzae y Sitophilus granarius, bajo supervisión oficial. No hay Declaraciones Adicionales para Paraguay. |
CATEGORÍA 3 |
CLASE 4: Frutas y hortalizas |
Código: ZEAMX 1 24 01 04 3 |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CFR si corresponde). R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. |
Declaraciones Adicionales: |
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Paraguay y Uruguay. |
II. 29. C. PAÍS DE DESTINO: PARAGUAY
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Zea mays
CATEGORÍA 4 |
CLASE 3: Semillas |
Código: ZEAMX 2 13 01 03 4 |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CFR si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. |
Declaraciones Adicionales: |
Argentina:
DA5 - El semillero fue sometido a inspección oficial antes de la cosecha y no se han detectado Amaranthus palmeri, Aphelenchoides besseyi, Pantoea ananatis Pantoea stewartii y Thlaspi arvense Brasil: DA5 - El semillero fue sometido a inspección oficial antes de la cosecha y no se han detectado Amaranthus palmeri, Aphelenchoides besseyi, Eragrostis plana y Pantoea ananatis. Uruguay: DA5 - El semillero fue sometido a inspección oficial antes de la cosecha y no se han detectado Amaranthus palmeri, Clavibacter michiganensis subsp. nebraskensis y Eragrostis plana. |
CATEGORÍA 3 |
CLASE 9: Granos |
Código: ZEAMX 1 13 01 09 3 (Grano consumo) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CFR si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere Inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. |
Declaraciones Adicionales: |
Argentina:
DA2 - El envío ha sido tratado con 2 g/m3 de fosfina, durante 72 h a temperatura mayor de 20 ºC o 96 h a 15 - 20 ºC, o 120 h a 10 - 15 ºC para el control de Latheticus oryzae y Sitophilus granarius, bajo supervisión oficial. Uruguay: DA2 - El envío ha sido tratado con 1 a 3 g/m3 de fosfina, durante 72 h a temperatura mayor de 20 ºC o 96 h a 16 - 20 ºC, o 120 h a 12 - 15 ºC o 192 h a 5 a 12 ºC para el control de Latheticus oryzae y Sitophilus granarius, bajo supervisión oficial. No hay Declaraciones Adicionales para Brasil |
CATEGORÍA 3 |
CLASE 4: Frutas y hortalizas |
Código: ZEAMX 1 24 01 04 3 |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CFR si corresponde). R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. |
Declaraciones Adicionales: |
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil y Uruguay. |
II. 29. D. PAÍS DE DESTINO: URUGUAY
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Zea mays
CATEGORÍA 4 |
CLASE 3: Semillas |
Código: ZEAMX 2 13 01 03 4 |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CFR si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. R12 - Deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en los Estándares Específicos para la Producción de Materiales de Propagación de Maíz de Uruguay. |
Declaraciones Adicionales: |
Argentina:
DA5 - El semillero fue sometido a inspección oficial antes de la cosecha y no se han detectado Aphelenchoides besseyi, Pantoea ananatis, Pantoea stewartii y Thlaspi arvense. Brasil: DA5 - El semillero fue sometido a inspección oficial antes de la cosecha y no se han detectado Aphelenchoides besseyi y Pantoea ananatis. No hay Declaraciones Adicionales para Paraguay. |
CATEGORÍA 3 |
CLASE 9: Granos |
Código: ZEAMX 1 13 01 09 3 (Grano consumo) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CFR si corresponde). R1 - Requiere Inspección fitosanitaria al ingreso. |
Declaraciones Adicionales: |
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil y Paraguay. |
CATEGORÍA 3 |
CLASE 4: Frutas y hortalizas |
Código: ZEAMX 1 24 01 04 3 |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CFR si corresponde). R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. |
Declaraciones Adicionales: |
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil y Paraguay. |
MERCOSUR/GMC/RES. N° 08/20
SUB-ESTÁNDAR 3. 7. 29 REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA ZEA MAYS (MAÍZ) SEGÚN PAÍS DE DESTINO Y ORIGEN PARA LOS ESTADOS PARTES (DEROGACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC Nº 54/06)
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 06/96 del Consejo del Mercado Común y la Resolución Nº 54/06 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que por Resolución GMC Nº 54/06, se aprobaron los requisitos fitosanitarios para Zea mays (Maíz), a ser aplicados en el intercambio comercial entre los Estados Partes.
Que es necesario actualizar dichos requisitos fitosanitarios, teniendo en cuenta la actual situación fitosanitaria de los Estados Partes.
EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar el “Sub-Estándar 3.7.29 Requisitos Fitosanitarios para Zea mays (Maíz) según país de destino y origen para los Estados Partes”, que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 - Los Estados Partes indicarán, en el ámbito del Subgrupo de Trabajo N° 8 “Agricultura” (SGT N° 8), los organismos nacionales competentes para la implementación de la presente Resolución.
Art. 3 - Derogar la Resolución GMC Nº 54/06.
Art. 4 - Esta Resolución deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes antes del 01/I/2021.
GMC (Dec. CMC N° 20/02, Art. 6) - Montevideo, 11/VIII/20.
ANEXO
SUB-ESTANDAR FITOSANITARIO MERCOSUR
SECCIÓN III - MEDIDAS FITOSANITARIAS
3.7.29 Requisitos Fitosanitarios para Zea mays (maíz) según país de destino y origen para los Estados Partes
I- INTRODUCCIÓN
1 - ÁMBITO
El presente Sub-estándar establece los requisitos fitosanitarios armonizados a ser aplicados por las Organizaciones Nacionales de Protección Fitosanitaria (ONPFs) de los Estados Partes en el intercambio regional, para Zea mays (maíz).
2 - REFERENCIAS
- Estándar 3.7 Requisitos Fitosanitarios Armonizados por Categoría de Riesgo para el Ingreso de Productos Vegetales, 2ª Revisión, aprobado por Resolución GMC Nº 52/02.
- Lista de las Principales Plagas Cuarentenarias para la Región del COSAVE, 2018.
- Listados Nacionales de Plagas Cuarentenarias de los Estados Partes 2018.
- Evaluación de Riesgo de las Plagas: Amaranthus palmeri, Aphelenchoides besseyi, Clavibacter michiganensis subsp. nebraskensis, Eragrostis plana, Latheticus oryzae, Pantoea ananatis, Pantoea sterwartii, Sitophilus granarius, Thlaspi arvense.
3 - DESCRIPCIÓN
El presente Sub-estándar establece los requisitos fitosanitarios armonizados a ser utilizados por las ONPFs de los Estados Partes en el intercambio regional para Zea mays (maiz), en sus diferentes presentaciones y organizados por país de destino y origen.
II. 29. A. PAÍS DE DESTINO: ARGENTINA
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Zea mays
CATEGORÍA 4 |
CLASE 3: Semillas |
Código: ZEAMX 2 13 01 03 4 |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CFR si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. |
Declaraciones Adicionales: |
Brasil:
DA5 - El semillero fue sometido a inspección oficial antes de la cosecha y no se ha detectado Eragrostis plana Uruguay: DA5 - El semillero fue sometido a inspección oficial antes de la cosecha y no se han detectado Eragrostis plana y Clavibacter michiganensis subsp. nebraskensis. No hay Declaraciones Adicionales para Paraguay. |
CATEGORÍA 3 |
CLASE 9: Granos |
Código: ZEAMX 1 13 01 09 3 (Grano consumo) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CFR si corresponde). R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. |
Declaraciones Adicionales: |
No hay Declaraciones Adicionales para Brasil, Paraguay y Uruguay. |
CATEGORÍA 3 |
CLASE 4: Frutas y hortalizas |
Código: ZEAMX 1 24 01 04 3 |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CFR si corresponde). R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. |
Declaraciones Adicionales: |
No hay Declaraciones Adicionales para Brasil, Paraguay y Uruguay. |
II. 29. B. PAÍS DE DESTINO: BRASIL
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Zea mays
CATEGORÍA 4 |
CLASE 3: Semillas |
Código: ZEAMX 2 13 01 03 4 |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CFR si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. |
Declaraciones Adicionales: |
Argentina:
DA5 - El semillero fue sometido a inspección oficial antes de la cosecha y no se han detectado, Amaranthus palmeri, Pantoea stewartii y Thlaspi arvense. Uruguay: DA5 - El semillero fue sometido a inspección oficial antes de la cosecha y no se han detectado Amaranthus palmeri y Clavibacter michiganensis subsp. nebraskensis. No hay Declaraciones Adicionales para Paraguay. |
CATEGORÍA 3 |
CLASE 9: Granos |
Código: ZEAMX 1 13 01 09 3 (Grano consumo) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CFR si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere Inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. |
Declaraciones Adicionales: |
Argentina:
DA2 - El envío ha sido tratado con 2 g/m3 de fosfina, durante 72 h a temperatura mayor de 20 ºC o 96 h a 15 - 20 ºC, o 120 h a 10 - 15 ºC para el control de Latheticus oryzae y Sitophilus granarius, bajo supervisión oficial. Uruguay: DA2 - El envío ha sido tratado con 1 a 3 g/m3 de fosfina, durante 72 h a temperatura mayor de 20 ºC o 96 h a 16 - 20 ºC, o 120 h a 12 - 15 ºC o 192 h a 5 a 12 ºC para el control de Latheticus oryzae y Sitophilus granarius, bajo supervisión oficial. No hay Declaraciones Adicionales para Paraguay. |
CATEGORÍA 3 |
CLASE 4: Frutas y hortalizas |
Código: ZEAMX 1 24 01 04 3 |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CFR si corresponde). R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. |
Declaraciones Adicionales: |
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Paraguay y Uruguay. |
II. 29. C. PAÍS DE DESTINO: PARAGUAY
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Zea mays
CATEGORÍA 4 |
CLASE 3: Semillas |
Código: ZEAMX 2 13 01 03 4 |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CFR si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. |
Declaraciones Adicionales: |
Argentina:
DA5 - El semillero fue sometido a inspección oficial antes de la cosecha y no se han detectado Amaranthus palmeri, Aphelenchoides besseyi, Pantoea ananatis Pantoea stewartii y Thlaspi arvense Brasil: DA5 - El semillero fue sometido a inspección oficial antes de la cosecha y no se han detectado Amaranthus palmeri, Aphelenchoides besseyi, Eragrostis plana y Pantoea ananatis. Uruguay: DA5 - El semillero fue sometido a inspección oficial antes de la cosecha y no se han detectado Amaranthus palmeri, Clavibacter michiganensis subsp. nebraskensis y Eragrostis plana. |
CATEGORÍA 3 |
CLASE 9: Granos |
Código: ZEAMX 1 13 01 09 3 (Grano consumo) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CFR si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere Inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. |
Declaraciones Adicionales: |
Argentina:
DA2 - El envío ha sido tratado con 2 g/m3 de fosfina, durante 72 h a temperatura mayor de 20 ºC o 96 h a 15 - 20 ºC, o 120 h a 10 - 15 ºC para el control de Latheticus oryzae y Sitophilus granarius, bajo supervisión oficial. Uruguay: DA2 - El envío ha sido tratado con 1 a 3 g/m3 de fosfina, durante 72 h a temperatura mayor de 20 ºC o 96 h a 16 - 20 ºC, o 120 h a 12 - 15 ºC o 192 h a 5 a 12 ºC para el control de Latheticus oryzae y Sitophilus granarius, bajo supervisión oficial. No hay Declaraciones Adicionales para Brasil |
CATEGORÍA 3 |
CLASE 4: Frutas y hortalizas |
Código: ZEAMX 1 24 01 04 3 |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CFR si corresponde). R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. |
Declaraciones Adicionales: |
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil y Uruguay. |
II. 29. D. PAÍS DE DESTINO: URUGUAY
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Zea mays
CATEGORÍA 4 |
CLASE 3: Semillas |
Código: ZEAMX 2 13 01 03 4 |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CFR si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. R12 - Deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en los Estándares Específicos para la Producción de Materiales de Propagación de Maíz de Uruguay. |
Declaraciones Adicionales: |
Argentina:
DA5 - El semillero fue sometido a inspección oficial antes de la cosecha y no se han detectado Aphelenchoides besseyi, Pantoea ananatis, Pantoea stewartii y Thlaspi arvense. Brasil: DA5 - El semillero fue sometido a inspección oficial antes de la cosecha y no se han detectado Aphelenchoides besseyi y Pantoea ananatis. No hay Declaraciones Adicionales para Paraguay. |
CATEGORÍA 3 |
CLASE 9: Granos |
Código: ZEAMX 1 13 01 09 3 (Grano consumo) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CFR si corresponde). R1 - Requiere Inspección fitosanitaria al ingreso. |
Declaraciones Adicionales: |
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil y Paraguay. |
CATEGORÍA 3 |
CLASE 4: Frutas y hortalizas |
Código: ZEAMX 1 24 01 04 3 |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CFR si corresponde). R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. |
Declaraciones Adicionales: |
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil y Paraguay. |